Sin embargo, los jueces Carlos Vallefín, Emilio Faggi y Roberto Lemos Arias rechazaron dichos planteos. En primer lugar, descartaron la interpretación de la ley 26.854 solo permite una única prórroga de una medida cautelar.
Para fundamentar su decisión, citaron jurisprudencia de la Cámara Contenciosa Administrativa Federal que sostiene que la norma no prohíbe expresamente extender una cautelar en más de una oportunidad cuando persisten las razones que justificaron su dictado. Con este pronunciamiento, la Sala III desestimó los recursos y confirmó la prórroga de la cautelar por seis meses.
Así, la decisión judicial mantiene bloqueada la implementación de la reforma y obliga al Ejecutivo a abstenerse de adoptar cualquier medida administrativa o reglamentaria que convierta el banco estatal en una sociedad anónima.
















